Nuevo distintivo (pegatina) «H» para Vehiculos Históricos

Publicado por Recambios Loeches en

Nueva normativa Octubre 2024 para VEHICULOS HISTORICOS.

Ha entrado en vigor el nuevo reglamento de vehículo histórico, Real Decreto 892/2024, de 10 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Vehículos Históricos. El nuevo reglamento regula un nuevo distintivo “H” que sustituye a la antigua placa “VH”.

Entre los principales cambios del nuevo reglamento, el Real Decreto 892/2024 introduce varias mejoras significativas y puntos clave, entre los que destacan:

Procedimiento simplificado:

El nuevo reglamento abrevia el procedimiento administrativo para la clasificación de un vehículo como histórico. Los propietarios pueden completar los trámites de manera más rápida y sencilla.

  • Costes reducidos: Se han reducido los costes asociados con la tramitación de los vehículos históricos, haciendo más accesible el proceso para los propietarios.
  • Trámite rápidoLa duración del proceso para la declaración de un vehículo como histórico se ha reducido, lo que permite a los propietarios disfrutar de sus vehículos en menos tiempo.
  • Actualización normativa: El reglamento se ha actualizado para alinearse con las normativas europeas vigentes, garantizando un tratamiento homogéneo para estos vehículos en España y otros países de la Unión Europea.

Estos cambios buscan fomentar la restauración y conservación de vehículos históricos, protegiendo su valor cultural y significación histórica. 

El proceso del vehículo histórico se completa con la colocación del distintivo circular amarillo H, consistente en un adhesivo de una letra H mayúscula en color negro sobre fondo amarillo:

En todos los casos, la etiqueta amarilla H se incorporará obligatoriamente para señalizar el vehículo como histórico. Por norma general se colocará por la parte interna del cristal, en la esquina superior derecha. En casos como los ciclomotores o motocicletas se colocará en cualquier zona visible de la carrocería, sin que afecte a los dispositivos de iluminación o visibilidad.

Distinguimos entre 3 formatos:

  • Vehículos con parabrisas: En el caso de vehículos que tengan parabrisas, el distintivo se colocará en el, por su cara interior, en el ángulo superior del lado contrario al del conductor. La cara impresa del distintivo es autoadhesiva con impresión protegida. Dos medidas: ø60mm para turismos y ø97mm para vehículos .
  • Vehículos sin parabrisas: En el resto de vehículos como motos, ciclos o que no tengan parabrisas donde fijarlo, el distintivo tiene un diámetro de 60 mm y se colocará en sitio bien visible en el exterior del vehículo. La cara sin imprimir del distintivo es autoadhesiva.
  • Modelo metálico : A título decorativo, a mayores puedes incorporar en tu vehículo la H en formato metálico, para sustituir a la señal VH que posiblemente ya conocieras previamente. Se trata de un disco circular de ø6cm con 1mm de espesor para fijar libremente sobre la carrocería, mediante una solución imantada, adhesivo o directamente remachada o atornillada sobre la carrocería.

¿Qué se considera un Vehículo Histórico?

Un vehículo será clasificado como vehículo histórico siempre y cuando haya sido fabricado o matriculado por primera vez hace treinta años como mínimo; haya dejado de producirse sus tipos específicos y estar en su estado original, sin haber sido sometido a ningún cambio fundamental en cuanto a sus características técnicas o componentes principales y tener un correcto estado de mantenimiento y conservación. Asimismo, se clasificarán como históricos los vehículos incluidos en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico español o declarados bienes de interés cultural o revisen un interés especial por haber pertenecido a alguna personalidad relevante o intervenido en algún acontecimiento con trascendencia histórica.

DOS PROCEDIMIENTOS DIFERENTES:

Mientras que el antiguo reglamento aplicaba a todos los vehículos históricos el mismo procedimiento, el nuevo distingue dos procedimientos distintos.

Por un lado, el procedimiento “abreviado”, son vehículos que tengan una antigüedad de más de treinta años, que tengan documentación en vigor y se encuentren en situación de circular como vehículo ordinario. Tendrán que solicitar un duplicado del permiso de circulación por cambio de servicio a »histórico» acompañado de una declaración responsable del titular del vehículo. En este caso conservará su matrícula ordinaria y no se le asigna otra, también conservará su tarjeta ITV. –> GRUPO A 

Por otro lado, el procedimiento “ordinario”, que es al que se acogerán aquellos vehículos que tengan una antigüedad de más de treinta años, pero que no tienen su documentación en vigor por estar caducada la ITV, estar dado de baja, no hayan sido matriculados en España, sean importados de otro país y a todos efectos carezcan de documentación española.

Los vehículos del grupo B circularán con la matrícula histórica que se les asigne, del estilo H 1234 BCD –> GRUPO B

En todos los casos, la etiqueta amarilla H se colocará para señalizar el vehículo como histórico. Por norma general se fijará por la parte interna del cristal, en la esquina superior derecha. En casos como los ciclomotores o motocicletas irá colocada en cualquier zona visible de la carrocería, sin obstaculizar los dispositivos de iluminación o visibilidad.

La Inspección Técnica de Vehículos (ITV) para vehículos históricos ha sido actualizada bajo el mencionado Real Decreto 892/2024:

Aquí tienes algunos puntos clave sobre cómo afecta esta normativa a los futuros vehículos históricos:

  1. Exención de ITV: los vehículos históricos con más de 30 años de antigüedad y que se mantienen en buen estado pueden estar exentos de pasar la ITV. Esto se debe a que se considera que estos vehículos no se utilizan como medio de transporte habitual y, por lo tanto, no contribuyen significativamente a la contaminación del aire urbano.
  2. Periodicidad de la ITV: para aquellos vehículos históricos que no estén exentos, la periodicidad de la ITV se ha ajustado. En general, estos vehículos deben pasar la ITV cada 2 años, y después cada 3 años, hasta alcanzar los 45 años, momento en el cual la ITV se realiza cada 4 años.
  3. Requisitos de mantenimientoaunque algunos vehículos históricos están exentos de la ITV, es crucial que se mantengan en buen estado para garantizar la seguridad vial. Los propietarios deben asegurarse de que los vehículos estén en condiciones adecuadas para circular por las carreteras.
  4. Simplificación de trámites: el nuevo reglamento busca simplificar los trámites administrativos para la clasificación y mantenimiento de los vehículos históricos, facilitando el proceso para los propietarios.

+ Información sobre el NUEVO REGLAMENTO RD 892/2024

  • Se crea el nuevo servicio “vehículo histórico”, los vehículos históricos que estaban ya matriculados en España no necesitarán ser objeto de una nueva matriculación, sino que tan solo cambian de servicio, lo que simplifica y abarata enormemente el procedimiento.
  • Se pone en valor la declaración responsable del titular del vehículo.
  • Se refuerza la participación de la sociedad civil a través de clubs o entidades relacionadas con vehículos históricos a quienes se habilita para la expedición de certificados.
  • Desaparece la resolución de catalogación, que ha demostrado ser un trámite innecesario y gravoso.
  • El nuevo reglamento permite que los vehículos que aspiran a ser clasificados como históricos no sean absolutamente originales ya que se admite que presenten aquellas reformas que eran habituales.
  • Se contempla expresamente a los ciclomotores y a los vehículos agrícolas.
  • Se contempla la circulación de los vehículos históricos por zonas de bajas emisiones en los términos y condiciones que establezca cada ayuntamiento, establecido éste en un máximo de 96 días.
  • Los vehículos históricos solo tendrán una matrícula y no dos como sucede en la actualidad
  • Los vehículos del grupo B circularán con la matricula histórica que se les asigne y los del grupo A con la matricula ordinaria que tuvieran, colocando en su parabrisas el distintivo “H” adhesivo.
  • Se exime de ITV obligatoria a los vehículos históricos que tengan más de 60 años, así como a todos los ciclomotores históricos cualquiera que sea su antigüedad
  • Se amplía la frecuencia de la ITV periódica de las motocicletas históricas de los dos años actuales a cuatro años.
  • Se crean permisos temporales de circulación para los museos de automóviles para posibilitar traslados entre instalaciones, operaciones de mantenimiento y exhibición pública.
  • Se regulan las normas de utilización de los vehículos históricos.
Categorías: Recambios

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